Nota informativa del Secretario General deUniversidades [clic en la imagen para ampliar] |
Sin embargo, esta rectificación del Ministerio sigue siendo restrictiva, ya que se niega a ampliar el plazo que finaliza este 31 de enero y, además, no concreta las categorías laborales que pueden solicitarlo empleando un término confuso e interpretable: "personal contratado doctor de naturaleza temporal".
CCOO, como promotor de la Sentencia y sindicato más representativo de universidades y OPIs, sigue manteniendo reuniones con el MECD y la CRUE con el objetivo de ampliar la extensión de la Sentencia según los criterios de sus fundamentos jurídicos, basados en la igualdad de trato entre fijos y temporales de acuerdo con la jurisprudencia del TJUE europeo. Lo que implica permitir la evaluación de la actividad investigadora para todo el personal docente e investigador que pueda acreditar méritos suficientes, independientemente del tipo de contrato temporal que haya suscrito, algo que concretaremos de forma explícita mañana miércoles 17 en una reunión de la Comisión Ejecutiva de la FECCOO.
Resolución de la Universidad de La Rioja permitiendo la evaluación del profesorado contratado interino [clic en la imagen para ampliar] |
Por su parte, la actitud de los Rectores es aún más incomprensible ya que la mayoría ni siquiera han informado a su profesorado de esta posibilidad, cuando la propia CRUE y el MECD han emitido notas informativas al respecto. Además se siguen negando a modificar sus Resoluciones, por lo que mantienen la exclusión del profesorado contratado temporal a pesar de la sentencia.
Solo la Universidad de La Rioja ha modificado la convocatoria, admitiendo las peticiones del Profesorado Contratado Doctor interino.
Algo limitado, pero es evidente que en este momento el Rector de la Universidad de La Rioja es el único que parece dispuesto a acatar la Sentencia ya que el resto siguen dilatando su respuesta esperando a que se cierre el plazo de solicitudes y, por lo tanto, retrasando esa evaluación un año más ¿De qué van los rectores, no quieren que sus universidades aumenten el número de Sexenios de investigación? ¿Cómo quedan sus discursos de mejora de la calidad ante esta actitud?
Por esta razón CCOO esta realizando la mayor difusión posible para que todo el PDI contratado temporal, que tenga méritos suficientes de actividad investigadora, presente su solicitud con el fin de que no pierdan un año en su derecho a ser evaluados.
Desde nuestro sindicato entendemos que Contratados Doctor interinos, Ayudantes Doctor y contratados Ramón y Cajal ya pueden presentar sus solicitudes de evaluación (en general todo el que pueda entrar en el concepto utilizado por el MECD en su nota informativa: "personal contratado doctor de naturaleza temporal"). Pero, además, estimamos que es posible también para el resto de las categorías temporales del PDI contratado aunque las universidades y ANECA no quieran. Algo que podremos definir con certeza mañana jueves cuando la Comisión Ejecutiva de la FECCOO estudie el informe de nuestra Asesoría Jurídica, analizando las condiciones de todas las categorías de profesorado e investigadores temporales.
- Nota informativa del MECD sobre PDI contratado temporal [1 página PDF]
- Resolución de la Universidad de La Rioja para contratados interinos [1 página PFD]
- Más información sobre la Sentencia [BLOG]
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