El RDL 8/2010, de 20 de mayo, dispone la reducción de la inversión y el gasto público, incluyendo la rebaja salarial de las personas asalariadas del sector público. Estas medidas no contribuyen a la incipiente recuperación económica, que se verá seria y negativamente afectada por su aplicación, según previsiones del propio Gobierno.
Con esta medida y los actos y disposiciones de ejecución, el Estado interviene de forma generalizada, unilateral y restrictiva en el derecho a la negociación colectiva, las relaciones laborales y las retribuciones de todo el sector público. Desde los servicios jurídicos de CCOO se ha concluido que el propio carácter legal de la disposición dificulta las vías para su revisión judicial, por lo que hay que garantizar la promoción de acciones administrativas y judiciales de oposición a las normas y disposiciones que ordenan su aplicación, para mantener activos nuestros derechos individuales y colectivos.
Con la acreditada solvencia, eficacia y profesionalidad de nuestros servicios jurídicos, CCOO,
como ya hizo con el decretazo del gobierno de Aznar de 2003 que resultó anulado por sentencia del Tribunal Constitucional, promueve la inconstitucionalidad del RDL 8/2010:- Por vía institucional, a través del Defensor del Pueblo, única via posible a la sociedad civil.
- Por vía administrativa y judicial, acompañando esta iniciativa a las correspondientes demandas por la vulneración del derecho a la negociación, el cumplimento de los Acuerdos y/o Convenios y la modificación sustancial de las condiciones de trabajo en cada ámbito.
En garantía de los derechos individuales y colectivos del personal asalariado del sector público,
las federaciones del Área Pública de CCOO impugnarán los actos y disposiciones de aplicación general y para cada colectivo de personal que, en cada Administración, Ente Público, Agencia, OOAA, Empresa u organismo se adopten para la aplicación de los descuentos salariales.
CCOO garantiza la defensa de los derechos individuales y colectivos, mediante la acción jurídica e institucional necesaria, de aplicación colectiva y gratuita para el personal afectado. En consecuencia, no es conveniente, si se quieren evitar riesgos de sentencia judicial contraria, con efecto de “cosa juzgada”, y los costes de servicios profesionales innecesarios, promover demandas individuales.
Estimamos que con nuestras acciones colectivas, están todos nuestros derechos garantizados, y recurrir a demandas individuales lo único que va a generar es la proliferación de demandas judiciales que en el futuro, si se gana la inconstitucionalidad de la Ley, no sería posible a estas personas que hayan recurrido por la vía individual que se les aplique la sentencia, con lo que verían sus derechos cercenados.
CCOO proporcionará información puntual del seguimiento de las acciones concretas hasta la conclusión de los procesos y acciones que se están promoviendo. - Escrito al Defensor del Pueblo promoviendo la interposición de recurso de inconstitucionalidad.
- Resumen de los motivos expuestos en el escrito al Defensor del Pueblo.
- Informe del Gabinete de Estudios Jurídicos de CCOO previo a la petición de inconstitucionalidad.