La Ley 10/2015, de 26 de noviembre, de concesión de crédito extraordinario, aprobada por el Parlamento de Canarias complementa lo previsto en el RDL 10/2015 en relación con la devolución de la paga Extra suprimida en 2012, permitiendo ponerlo en marcha en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En este sentido recordar que el RDL 10/2015 únicamente establecía la devolución inmediata de la 2º parte en el ámbito de la Administración General del Estado, mientras que su extensión a las Comunidades Autónomas quedaba supeditada a la decisión de cada una de éstas. El resto de la paga Extra se devolverá a lo largo de 2016.
El acuerdo alcanzado en el Parlamento de Canarias permitirá realizar la devolución de esa 2ª parte de la Extra2012 al personal que depende directamente del Gobierno de Canarias a finales de este mes de diciembre, mientras que quienes dependen de las universidades públicas canarias (ULL y ULPGC) esta previsto que lo cobren antes de final de enero.
En cuanto a quienes han trabajado para las universidades y ya no se encuentran en activo en las mismas (personal técnico o investigador, etc.) deberán solicitar la devolución de acuerdo con lo previsto en el apartado dos.2.e) del artículo 1 del Real Decreto-ley 10/2015.
Para facilitar este trámite, desde CCOO hemos preparado un impreso de solicitud para cada una de las universidades que puede servir de ejemplo:
- Para la Universidad de La Laguna
- Impreso de solicitud de devolución de la paga Extra 2012 [PDF]
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- ¡Importante! El Servicio de Personal de la ULPGC nos informa que realizarán el pago de oficio y sin necesidad de presentar solicitud
Para la Universidad de Las Palmas de Gran CanariaImpreso de solicitud de devolución de la paga Extra 2012 [PDF]
- Normativa que ampara la devolución de la paga Extra suprimida en 2012
- Ver el Real Decreto-Ley 10/2015 [BOE]
- Ver la Ley de crédito extraordinario aprobada por el Parlamento de Canarias [BOC]
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