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En este sentido recordar que la sentencia que ha dado origen a esta decisión es la relativa al personal laboral de Gobierno de Canarias y cuyo primer firmante ha sido SEPCA (las reclamaciones pueden ser conjuntas como ha sucedido con la del PDI contratado de la ULL-ULPGC o bien de cada sindicato, cuando surge alguna discrepancia en la fórmalización del recurso, en cuyo caso todas se suman a la del primer reclamante o firmante, que en el caso del personal laboral del Gobierno Canario fue SEPCA, de la misma forma que la primera de todo el Estado fue de CCOO y la primera del PAS laboral de la ULL-ULPGC ha sido de UGT).
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Sin embargo, SEPCA como firmante de la primera reclamación y CCOO como sindicato mayoritario de los empleados públicos de Canarias, presentaron peticiones para que se extendiera la sentencia a todo el personal de Gobierno de Canarias, lo que finalmente ha sido aceptado tras diversas reuniones de negociación entre ambos sindicatos y miembros del Gobierno.
En el caso del personal de las universidades canarias, los Presupuestos de Gobierno Canario para la ULL y la ULPGC contenían una partida reservada con el mismo fin, por lo que no existirán problemas para aplicar el mismo criterio. Aunque es previsible que cobremos un mes más tarde que el personal que depende directamente de la Comunidad Autónoma porque hay trámites adicionales en los que tiene que intervenir la Consejería de Educación.
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