A finales de mayo el Ministro Iceta tenía prisa por aprobar una reforma del EBEP en la que solo pretendía suprimir durante un año las plazas no convocadas en el plazo de tres años y despedir al personal interino y temporal sin indemnización, como fórmula para solucionar el problema de la temporalidad.
El Gobierno dijo que esa reforma estaría la primera semana de junio, pero no contó con la oposición frontal de CCOO. Desde el principio dijimos que los trabajadores y trabajadoras no somos culpables de la situación y que, en todo caso, se debería penalizar a los gestores que han provocado el problema del abuso de temporalidad.
- Clic aquí para descargar el Acuerdo (6 páginas PDF)
- RD Ley en aplicación del Acuerdo sobre temporalidad (BOE - 7/7/2021)
Parte del camino lo avanzamos la semana pasada con la sentencia ganada por los Servicios Jurídicos de CCOO-Granada en el Tribunal Supremo, estableciendo que el abuso del personal temporal laboral es a partir del tercer año de contrato y que, por eso, tienen derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado. A partir de ahí volvimos a exigir que ese mismo derecho se extendiera al personal funcionario interino, de tal manera que el Ministro Iceta no tuvo argumentos para negarse.
Ya lo dijimos hace tiempo, la solución del abuso de temporalidad tenía que resolverse dentro del cauce de legalidad, amparado en las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Cualquier petición ajena a la legalidad no tenía futuro y estaba condenada al fracaso.
El sindicato se ha mantenido firme en todo momento y desde el comienzo manifestó que este Acuerdo debía contener tres elementos esenciales: un nuevo acuerdo de estabilización en líneas con los anteriores suscritos en 2017 y 2018, pero con mejoras; la transposición de la Directiva Comunitaria 1999/70 en sus cláusulas 4 y 5, de no discriminación entre personal fijo y temporal, y medidas para evitar el abuso o fraude en la contratación; y un tercer apartado con compromisos de seguir negociando el resto de materias pendientes en septiembre.
Se han conseguido superar las trabas existentes y, gracias al trabajo de CCOO, se ha podido llegar a un Acuerdo que incluye reivindicaciones fundamentales con las suficientes garantías.
Se establece una tasa adicional para que salgan todas las plazas, estén o no en puestos de estructuras, donde no compute la tasa de reposición. Además, se marca la simplificación de las fases de oposición con la posibilidad de agrupar pruebas y debiendo agilizarse los plazos. En cuanto a la fase de concurso, se define que el peso de la experiencia deberá ser mayoritario. Y, para facilitar los procesos de estabilización en el ámbito de la Administración local, se suspenden artículos específicos del RD 896/91.
CCOO ha conseguido eliminar del Acuerdo y del RDL la referencia a la Tasa de Reposición en dos sentidos: por un lado, se autoriza una tasa adicional para poder convocar todas las plazas, estén o no en las relaciones de puestos de trabajo o plantillas; y, por otro, se desvincula la contratación de nuevo personal de la tasa de reposición, a diferencia de la intención inicial del Gobierno. Uno de los puntos más relevantes es que este proceso de estabilización deberá estar concluido, con las plazas ejecutadas al 100%, antes de finales de 2024.
Un hito sin precedentes es que se marca indemnización, a razón de 20 días por año trabajado, para todo el personal interino que esté en una plaza objeto de estabilización, aunque no supere el proceso, y la posibilidad de quedar nuevamente en bolsa.
En la reforma del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) para evitar el abuso de la temporalidad, CCOO ha conseguido que se incluyan la indemnización como medida compensatoria, sancionadora y disuasoria para que las administraciones cumplan. Se fijan además las condiciones de lo que se considera abuso y las responsabilidades oportunas para las administraciones que incumplan. Y, como elemento clave, se incluyen también los plazos para la cobertura con personal fijo de las plazas en las que se nombre personal interino en vacante.
En el Acuerdo y la reforma del TREBEP se transpone también la directiva europea 1999/70 en materia de homologar los derechos laborales del personal temporal al fijo.
Las medidas son un buen marco general que deberá ser adaptado a los diferentes sectores y administraciones, incluyéndose en el acuerdo las medidas para que esto sea posible en la Administración general, la autonómica y la local.
CCOO hará un seguimiento constante del desarrollo y aplicación de este Acuerdo, y velará por que se hagan realidad sus objetivos para asegurar que, de forma efectiva, se produzca una consolidación del empleo, se destierre la precariedad de las administraciones públicas y que los servicios públicos tengan los recursos que necesitan.
El Acuerdo marca que se establece a partir de septiembre un calendario de negociación y diálogo social con el objetivo de alcanzar un nuevo acuerdo global en la Función Pública, en especial todo lo relativo al impulso de la promoción interna y los traslados.
En esta negociación, para CCOO los temas más relevantes son: incremento de las plantillas, jornada laboral, carrera y cualificación profesional, seguir avanzando en la recuperación de poder adquisitivo, planes de igualdad y formación, mejora de las condiciones laborales y de jubilación, rejuvenecimiento de las plantillas y modernización de la Administración pública, entre otros.
CCOO seguirá presionando y defendiendo que se elimine definitivamente la tasa de reposición y trabajando para conseguir todas sus reivindicaciones, con el objetivo de mejorar los servicios públicos y las condiciones laborales de sus trabajadoras y trabajadores.