viernes, 18 de enero de 2019

La cotización de las Prácticas Externas ayudará a reducir el fraude

A juicio de CCOO, el Real Decreto ley 28/2018 por el que el Gobierno asegurará que las empresas, instituciones o centros de formación den de alta en la Seguridad Social a quienes estén desarrollando prácticas no laborales, constituye una herramienta útil para reconocer el esfuerzo formativo de la juventud y poner coto a los abusos y el fraude existente

Como resultado de las exigencias sindicales en el marco del Acuerdo de Pensiones de 2011 y de la posterior batalla legal emprendida por CCOO en los tribunales, quienes se encontraban desarrollando prácticas con algún tipo de ayuda económica pasaron en los últimos años a ser dados de alta en la Seguridad Social con el objeto fundamental de contribuir a completar carreras de cotización a quienes retrasan su incorporación al mercado de trabajo, prolongando su periodo formativo. Sin embargo, quienes, desarrollando también prácticas no laborales, no recibían ninguna contraprestación económica siguen sin poder cotizar por ninguno de los conceptos previstos, ya de por sí limitados en relación a los de cualquier trabajador en alta en el Régimen General.

La reciente iniciativa del Gobierno, que pretende responder a peticiones de CCOO, así como de otras organizaciones estudiantiles y juveniles, debe servir para detectar mejor y de forma eficaz la utilización fraudulenta de las becas para encubrir lo que deberían ser contratos laborales, además de contribuir a mejorar las carreras de cotización de quienes -desde el momento de su entrada en vigor- desarrollen prácticas no laborales con o sin compensaciones económicas, así como de quienes las desarrollaran en el pasado y quieran ahora recuperar con carácter retroactivo hasta dos años de cotización a la Seguridad Social.

Lo fundamental de la medida, no obstante, es que situará en el mapa a la totalidad de los llamados ‘becarios’, dado que deberán ser dados de alta con independencia de si reciben o no algún tipo de ayuda. Saber cuántos son; en qué empresas, instituciones o universidades se encuentran, o si reciben o no contraprestaciones permitirá a las Administraciones Públicas y a los sindicatos detectar con más facilidad una realidad en muchos casos fraudulenta, que encubre lo que deberían ser relaciones de trabajo asalariado bajo la plena cobertura del Estatuto de los Trabajadores.

El coste que las empresas o instituciones deberán asumir por la cotización es tan reducido (inferior a los 40 euros mensuales) que no cabe alegar, como ha hecho la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE), una disminución previsible y relevante de la oferta de prácticas curriculares.

UNA HERRAMIENTA ÚTIL, PERO INSUFICIENTE

Jóvenes CCOO lleva años reclamando, con otras organizaciones sindicales y sociales, un nuevo marco regulatorio para las prácticas no laborales que garantice su carácter formativo y permita combatir eficazmente el fraude. Por una parte, a través de la creación de un ‘Estatuto del Becario’ que asegure una formación de calidad –tutorizada, con ayudas económicas y adecuadamente reglamentada – a quienes deben desarrollar prácticas curriculares para completar su itinerario académico. Y por otra, a través de la supresión de las prácticas extracurriculares (aquellas no vinculadas al currículo académico del estudiante), transformándolas en contratos de trabajo dotados de todos los derechos asociados a una relación laboral.

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