martes, 25 de julio de 2017

La Audiencia Nacional rechaza el Conflicto colectivo para equiparación salarial FPU 2013 y 2014

La sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia rechazando el Conflicto Colectivo interpuesto por CCOO por el que se pedía la equiparación salarial de los/as FPU2013/2014

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Casi al mismo tiempo hemos tenido una mala y una buena noticia para el colectivo predoctoral. La buena noticia es que la SEIDI ha convocado a los sindicatos para este viernes 28 con el fin de iniciar la negociación del nuevo Estatuto de Personal Investigador en Formación (EPIF), la mala son las sentencias judiciales negativas sobre la equiparación salarial de los FPU2013y2014.

La denegación de este Conflicto Colectivo por parte de la Audiencia Nacional viene precedida por las sentencias negativas de todas las reclamaciones individuales anteriores, promovidas por la Plataformas de afectados/as FPU2013/14, y que se habían presentado previamente en los juzgados de sus localidades de trabajo.

Esquemas de desarrollo temporal de este largo
conflicto en petición de equiparación salarial
Aunque las razones de las denegaciones en los juicios individuales no coinciden exactamente con los motivos de la Audiencia Nacional al rechazar el Conflicto Colectivo, el sentido de las sentencias judiciales hasta ahora implica que una reivindicación justa y motivada no esta encontrando amparo legal.

Lamentablemente, en el caso de la Audiencia Nacional, ésta estimó la excepción de incompetencia de la Jurisdicción Social, planteada por el abogado del Estado, para conocer la demanda interpuesta frente al Ministerio de Educación Cultura y Deporte. Es decir, que consideró que no corresponde a la Jurisdicción Social analizar este conflicto. Razón por la que los abogados de CCOO han anunciado el recurso de casación ante el Tribunal Supremo porque entendemos que con esta sentencia se produce una falta de tutela judicial efectiva ya que tampoco podemos ir ahora a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo por un problema de plazos.

De la misma manera que no pudimos recurrir en su momento la Resolución relativa a la convocatoria de 2015, que es la que incrementó la dotación respecto a las anteriores, solicitando que explicitamente se reconociese el derecho de quienes accedieron en las anteriores convocatorias al percibo de las mismas retribuciones en función de que todas las resoluciones dicen lo mismo, ("art.4: Cualquier incremento o reducción de las mencionadas ayudas que se produzca con posterioridad se aplicará a todos los contratos suscritos."). Y no pudimos recurrir en plazo en su momento, los dos meses posteriores a la convocatoria, porque cuando comprobamos que se incumplió fue casi un año después de la publicación de la Resolución.

En paralelo al Recurso de Casación, los servicios jurídicos de CCOO están viendo la viabilidad de interponer recursos individuales por vía Contencioso-administrativa, ya que en esta jurisdicción se pueden reclamar deudas hasta cuatro años después. Sin embargo, no hay garantías de éxito y este procedimiento es muy lento y costoso por lo que nuestro sindicato únicamente lo podrá poner en marcha para nuestros/as afiliados/as. 

4 comentarios:

  1. Hola, he leído la sentencia del Conflicto colectivo y veo que también denunciaron a otros sindicatos, no entiendo por qué. ¿Pueden explicarlo, por favor?

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    1. Buenos días, en las reclamaciones por Conflicto Colectivo que afectan a todas y todos los trabajadores de una empresa o sector es obligatorio demandar al resto de sindicatos representativos. No hacerlo u omitir esta obligación puede provocar recursos por indefensión ya que, de lo contrario, no se daría la oportunidad de opinar y participar al resto de representantes de los/as trabajadores/as.
      Evidentemente, aunque se incluyen entre los demandados, en realidad no se les denuncia y si lees bien la sentencia verás que dos de los sindicatos demandados se ha adherido a la reclamación. Que es lo que, en definitiva, se persigue: lograr más apoyos.
      En este caso se incluyó a los sindicatos representativos legalmente (que superan el 10% de representación en el sector de la investigación: OPIs y universidades). CCOO, UGT y CSIF a nivel Estatal así como ELA-STV y LAB en el País Vasco y CIG en Galicia.

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  2. Buenas tardes, ¿tenemos noticias sobre el Recurso de Casación? ¡Gracias!

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  3. Yo, cuando leí la última información, pregunté cuanto podría tardar la respuesta al recurso y un profe abogado me dijo que los Recursos de Casación en el Supremo estaban tardando bastante, pero que dependía del tema.
    También me pasó un informe donde había unos promedios: 8-10 meses para juicios penales, 22-30 meses para los civiles, 20-24 meses para los contenciosos y unos 12-16 meses para los laborales, que es el nuestro.

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